ATP de junio: tope salarial, más límites a empresas grandes y segmentación por región

El Comité del programa recomendó que los trabajadores de las empresas afectadas del AMBA y de otros puntos donde rige el aislamiento cobren el 50% de su sueldo, mientras los del resto del país sólo el equivalente a un salario mínimo. Todos los cambios.

Novedades Aldana Reinoso 29 de junio de 2020
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Tras la extensión y endurecimiento de la cuarentena hasta el 17 de julio, el Gobierno fijó los parámetros por los cuales subsidiará a los sectores más afectados por las restricciones sobre la actividad económica a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

A través de la decisión administrativa 1133/2020, el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa de beneficios recomendó la prolongación de las asignaciones salariales y de las bonificaciones sobre las contribuciones patronales que se otorgan desde abril, aunque con algunos cambios.

Las empresas podrán inscribirse hasta el 3 de julio en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Por un lado, habrá distinción regional para las empresas según si hay medidas de aislamiento o distanciamiento, se bajó el tope salarial al que se asistirá y se sumaron restricciones para las empresas de más de 800 empleados.

Los requisitos de admisión de las empresas no cambiaron respecto a los meses anteriores. Sin importar su tamaño, las firmas deben desarrollar alguna de las aproximadamente 900 actividades del listado que se fue ampliando (en esta ocasión sumaron a la minería no metalífera) y tendrán que acreditar una variación interanual de su facturación de mayo que no podrá superar el 5% nominal.

Si la empresa fue creada entre el 1° de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación será entre mayo de 2020 y diciembre de 2019; en tanto las firmas que iniciaron sus operaciones desde el 1° de diciembre del año pasado recibirán los beneficios con sólo desempeñar como actividad principal alguna de las del listado. La diferencia aparece en el monto del subsidio.

Si la empresa desarrolla sus operaciones en el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), en el departamento chaqueño de San Fernando, en las ciudades rionegrinas de Bariloche y General Roca, en Córdoba capital y su aglomerado urbano, sus empleados cobrarán una asignación equivalente al 50% del sueldo neto que cobraron en abril. Al iguel que en meses anteriores, el subsidio no podrá ser menor a un salario mínimo ($ 16.875) ni superior a dos ($ 33.750).

En caso de que la empresa realice sus actividades en otros puntos del país donde está dispuesto un esquema de distanciamiento y no de aislamiento, el subsidio será de $ 16.875, de forma invariable. Existe una salvedad para esta discriminación para las empresas de los sectores de salud, turismo, cines, cultura u hotelería, dado que sus empleados recibirán el subsidio por equivalente 50% de su salario neto (de $ 16.875 hasta $ 33.750) sin importar en la zona del país en la que se encuentre radicada.

 Otros cambios

Además, hay otra diferencia, dado que ahora los empleados que ganen más de $ 140.000 brutos no recibirán el subsidio, cuando la restricción del programa en mayo era de $ 250.000. Entre las restricciones, el Comité sumó una más para las empresas de 800 empleados o más, dado que solicitó que los miembros de los órganos de administración no puedan incrementar más de 5% nominal en pesos los honorarios, salarios, anticipos ni bonificaciones, aunque estén vinculados al cumplimiento de resultados, respecto al último cobro.

Siguen vigentes las restricciones financieras para todas las empresas que ingresen al programa: compra de dólar CCL, recompra de acciones, distribución de dividendos y transferencias a países considerados paraísos fiscales. Para las de menos de 800 empleados, la prohibición rige durante el ejercicio actual y los 12 meses siguientes; mientras que para las más grandes la veda es de 24 meses adicionales.

Respecto a las contribuciones patronales, las empresas de salud, turismo, hotelería, cines y cultura podrán reducir el pago de junio en un 95%, mientras que el resto de las firmas que ingresen al programa sólo podrán postergar la obligación por dos meses hasta septiembre.

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