La DGR implementa retenciones en transferencias de Mercado Pago a partir del 1° de noviembre

Mercado Pago informó que desde el 1° de noviembre de 2022 se aplicarán retenciones de impuestos sobre los Ingresos Brutos en las transferencias de terceros e ingresos de dinero en cuentas de esta billetera digital a quienes estén inscriptos en la Provincia de Tucumán. Ello en el marco de la RG 74/22 de la DGR, que ya se encuentra vigente para estos dispositivos digitales.

Impuestos Por: CPN José Hernán Paredes 28 de octubre de 2022
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A través de un comunicado, se indicó que estas retenciones corresponden al nuevo régimen RG 74/22 de la DGR. 

¿En qué operaciones se aplica?
 
Las retenciones te aplicarán sobre las transferencias de terceros e ingresos de dinero con Mercado Pago si el CUIT se encuentra dentro del Padrón de recaudación sobre acreditaciones de Tucumán, que se renueva mes a mes. No se aplicaran retenciones en tus transferencias de dinero entre distintas cuentas registradas con el mismo CUIT.

¿Cómo se define la alícuota?
 
El porcentaje que aplicará Mercado Pago se define según lo indique el padrón de recaudación de Tucumán para cada contribuyente y resultará aplicable al referido régimen, las disposiciones establecidas en el Régimen de Recaudación Bancaria, en lo que respecta a coeficientes, exclusiones del régimen, declaración jurada, depósito de las sumas recaudadas, las referidas a saldos a favor y/o excedentes originados con motivo de la recaudación y a todas aquellas situaciones no contempladas en la RG 74/22.

¿Se va a generar un certificado de retención?
 
No se generará ningún certificado. Quien necesite realizar una conciliación, podrá descargar el reporte de operación desde los servicios online del organismo recaudador.

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